ElColegio de Psicólogos de Las Palmas desarrolla en el artículo 40 de su Código Deontológico, este deber ético-profesional, indicando que "toda información que el/la Psicólogo/a recoge en el ejercicio de la profesión, sea en manifestaciones verbales expresas de sus clientes, sea en datos psicotécnicos o en otras observaciones
Sicomparamos estas penas con del delito de descubrimiento y revelación de secretos contenido en el artículo 197.1 del Código Penal, podemos concluir que las penas para uno y otro delito son las mismas –salvo que en el caso del artículo 199.2 del Código Penal se incluye la pena de inhabilitación para el ejercicio de la profesión de
Enestos casos, la conducta análoga del particular, consistente en revelar secretos de un tercero con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, es la prevista en el delito de revelación de secretos del párrafo 2º del art. 197.3 del Código Penal, debiéndose resolver el aparente concurso de normas entre éste
Categoríasgramaticales y tiempos verbales de delatado explicados. Acusar, denunciar a alguna persona de un delito a un juez o tribunal competente. Descubrir, revelar alguna cosa. Descubrir a la autoridad un delito y su autor. dar a conocer la intención involuntariamente. revelar a la autoridad un delito y su autor.
Artículo466 del Código Penal. Código Penal. 1. El abogado o procurador que revelare actuaciones procesales declaradas secretas por la autoridad judicial, será castigado con las penas de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo, cargo público, profesión u oficio de uno a cuatro años. 2.
\n \n\nrevelar a la autoridad un delito
. 263 408 415 78 344 190 436 349

revelar a la autoridad un delito